TEGUCIGALPA,HONDURAS (Agencia ANE)._El Congreso Nacional de Honduras,desconoce los resultados electorales presidenciales por una supuesta injerencia de Estados Unidos.
Un decreto legislativo, dispone, un reconteó total de los votos porque los hondureños fueron influenciados para votar por el Presidente, Donald Trump.
Las elecciones presidenciales,legislativas y de alcaldías se realizaron el pasado 30 de noviembre y el presidente electo,Nasry «Tito» Asfura debe asumir el Poder el 27 de enero, en reemplazo de la actual gobernante, autoproclamada socialista.Asfura de la derecha política hondureña recibió el respaldo político del mandatario estadounidense.
El Decreto legislativo N° 58-2025 cita que el artículo 1 de la Constitución de la República establece que Honduras es un Estado de Derecho constituido como República libre, democrática e independiente para asegurar a sus habitantes el goce de la justicia, la libertad, la cultura y el bienestar económico y social y que sin embargo “el proceso electoral general celebrado el domingo 30 de noviembre fue fuertemente distorsionado por la injerencia condenable de los Estados Unidos de Norteamérica, ya que durante la semana del silencio electoral, el Presidente de aquella Nación, en un acto sin precedentes en la historia electoral de nuestro país, hizo un llamado por su red social a votar y elegir al candidato del Partido Nacional, con quien dijo poder trabajar, destacando como su principal oponente a la candidata del Partido Libre con quien, también dijo, no podría colaborar.”
Así mismo argumenta que en la misma semana de las elecciones “los Estados Unidos otorgó indulto al ex Presidente Juan Orlando Hernández condenado a 45 años de prisión por narcotráfico y continuó su política de injerencia con mensajes amenazantes al pueblo hondureño, a través de sus redes.”
Además ordena al Consejo Nacional Electoral un reconteó total de los resultados, porque dicho Organismo ha “reconocido expresamente que el escrutinio no fue concluido y que la emisión de declaratorias parciales sin haber agotado el cómputo total de las actas de las Juntas Receptoras de Votos (JRV), incluidas aquellas con inconsistencias o impugnaciones pendientes, no satisface la obligación constitucional y legal de escrutar configurándose así un adopción de decisiones del órgano electoral y las denuncias de coacción e injerencia afectan directamente la certeza electoral y refuerzan la constatación de que el escrutinio presidencial no fue válidamente concluido, impidiendo que la declaratoria emitida pueda considerarse jurídicamente fundada”
La disposición legislativa es la siguiente:
“ARTÍCULO 1.- Que, en cumplimiento de lo dispuesto en la Constitución de la República y la Ley Electoral de Honduras, el Consejo Nacional Electoral (CNE), proceda a realizar el escrutinio general del total de las actas de cierre de cada una de las Juntas Receptoras de Votos (JRV) en los tres (3) niveles electivos, en virtud que:
1) 306 Actas de Cierre no contadas en el nivel electivo presidencial, equivalentes al 1.6%, con una carga electoral de 132,008 ciudadanos;
2) 2,620 Actas de Cierre no contadas en el nivel electivo de diputados, equivalentes al 13.21% y con una carga electoral de 828,656 ciudadanos; y,
3) 1,848 Actas de Cierre no contadas en el nivel electivo de alcaldes o corporaciones municipales, equivalentes al 9.65% y con una carga electoral de 598,025 ciudadanos.”
El gobierno por su lado, tras la decisión parlamentaria , ha ordenado al jefe de las Fuerzas Armadas, general Héctor Valerio, que abra las instalaciones del Centro Logístico Electoral (CLE) donde se guarda todo el material electoral, y entregue lo que allí se tiene a fiscales del Ministerio Público.
El Consejo Electoral, entre tanto, pidió a las Fuerzas Armadas guardar y cuestudiar totalmente el material utilizado en las elecciones generales, en los niveles electivos presidencial. Dice que esos documentos legales son esenciales para resolver los asuntos de competencia jurisdiccional,producto de los Recursos de Apelación que se han presentado ante ese organismo, como única y máxima autoridad electora en materia jurisdiccional.
Llama a las FF.AA. para que se cumpla con este requerimiento en estricto apego a la normativa jurisdiccional electoral, garantizando la seguridad y preservación de los documentos. Las FF.AA, no estan obligadas de conformidad con la Constitución, según los artículos 1,2,3,4,51,52,53,272, 274,321 y 323 a abedecer órdenes legales emanadas del decreto legislativo número 58.2025. de fecha 9 de enero del 2026.
El Tribunal dice que nadie puede desconocer las Declaraciones de las Certificaciones 3014,2025,correspondiente al nivel presidencial de fecha 24 de diciembre y la certificación 3055.2025 emitida el 30 de diciembre a nivel de Diputados y Corporaciones Municipales, del Consejo Nacional Electoral, autoridad en materia administrativa de los procesos electorales del país.
El Departamento de Estado de EE.UU. advirtió, la mañana de este sábado que, habrá consecuencias para aquellos que busquen trastocar y alterar los resultados electorales del 30 de noviembre.
La Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos (OEA) rechazó la intervención y criminalización de los consejeros del Consejo Nacional Electoral mediante la participación del Ministerio Público en el proceso electoral. La Secretaría General hace un llamado a poner fin a los intentos de obstaculizar la transición constitucional y exhorta a que ésta se lleve a cabo de manera pacífica y conforme a la ley. La democracia no se ejerce únicamente mediante el voto, sino también mediante la aceptación de la voluntad popular.
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